NOM-019-SCFI-1998

Seguridad de equipos de procesamientos de datos y periféricos.

OBJETIVO

Esta Norma Oficial Mexicana establece los requisitos de seguridad que deben cumplir todos los equipos de procesamiento de datos, periféricos o componentes relacionados, que se importen o se comercialicen en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos.

Se considera como equipo de procesamiento de datos a aquel que como producto terminado se encuentre dentro de su carcaza y para su función principal se alimente por medio de una conexión eléctrica.

Campo de Aplicacion

Los requisitos y métodos de prueba de esta Norma se aplican de manera enunciativa mas no limitativa a los siguientes productos:

* Máquinas electrónicas de procesamiento de datos, las cuales son identificadas como portátiles (laptop, notebook, palmtop), microcomputadoras, sistemas personales, computadoras personales, computadoras de uso personal, terminales de red (Pc-net), servidores o equivalentes.

* Los periféricos asociados a máquinas como: impresoras, graficadores, unidades de disco externas, unidades de cinta externas, tabletas digitalizadoras, digitalizadoras de imagen (scanners), lectores ópticos, monitores, terminales o unidades de control o adaptación.

* Equipos utilizados para la comunicación electrónica entre equipos de procesamiento de datos y equipos periféricos, redes de área local (LAN), etc., tales como concentradores, convertidores de protocolo o ruteadores